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BOLETÍN DE PRENSA Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa en el Estado de Oaxaca, otorga amparo a Alfredo López López, acusado de homicidio en San Agustín Loxicha, en agosto de 2005 dos mil cinco.
Jueces del Poder Judicial del Estado adscritos al Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, incumplen resolución de amparo y quebrantan el Estado de Derecho.
El nuevo sistema de justicia Penal en Oaxaca no cuenta con contrapesos al poder judicial que tiendan a evitar el abuso del poder, en el desempeño de sus funciones y cancela las vías de derecho para encausar la demanda de justicia.
El Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito en el Estado, otorgo el amparo a Alfredo López López, Indígena Zapoteco originario de la comunidad de Llano Palmar Loxicha, contra la orden de aprensión de fecha 10 diez de agosto de 2005 dos mil cinco, emitida a petición de la Procuraduría General de Justicia del Estado, por el Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, actualmente Juez Primero Mixto de Primera Instancia de aquel Distrito Judicial.
Alfredo López López, fue acusado injustamente en el año 2005 dos mil cinco, en el contexto de guerra sucia contra los indígenas de la región de Loxicha, conjuntamente con 22 veintidós personas más por el supuesto delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON LAS AGRAVANTES DE PREMEDITACION, VENTAJA Y ALEVOSIA, cometido en agravio de quien en vida respondió al nombre de JESUS LOPEZ PACHECO, sin que existieran pruebas de su presunta responsabilidad, dentro del proceso penal 88/2005 que se sigue en los Juzgados Penales del Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, Oaxaca.
Como se recordara, en agosto de 2010 dos mil diez, Alfredo López López, fue emboscado por cinco sujetos con armas de Uso Exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, en la comunidad de Llano Palmar, Loxicha, mismos quienes le dispararon en repetidas ocasiones, pudiendo huir de sus agresores, Alfredo López López, sufrió dos impactos de bala, uno en el hombro derecho y otro en la mano derecha, tal y como lo dio a conocer a la opinión pública en aquella ocasión, mediante boletín y conferencia de prensa de fecha 3 tres de septiembre de 2010 dos mil diez; sin embargo no pudo comparecer a denunciar formalmente los hechos ante la Procuraduría General de Justicia del Estado, por el riesgo fundado de que fuera privado arbitrariamente de su libertad en virtud del mandamiento de captura que tenía girada en su contra por el Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, Oaxaca, actualmente Juez Primero Penal.
En fecha 10 diez de septiembre de 2010 dos mil diez, Alfredo Lopez Lopez, compareció ante el Juez Tercero de Distrito en el Estado, a demandar el Amparo y Protección de la Justicia Federal en contra de la Orden de Aprehensión librada injustamente en su contra; sin embargo el Juez Tercero de Distrito en el Estado, apartado de la legalidad y en el contexto de guerra sucia, mediante resolución de fecha 7 siete de diciembre de 2010 dos mil diez, emitida dentro del expediente de amparo 1449/2010, negó el Amparo solicitado a Alfredo López López, responsabilizándolo del Homicidio.
Inconforme con dicha determinación judicial, Alfredo López López, compareció ante el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa en el Estado de Oaxaca, a denunciar las irregularidades en que había incurrido el Juez Tercero de Distrito en el Estado, al resolver el juicio de amparo número 1449/2010, en que determino negarle el amparo solicitado.
Así las cosas, mediante resolución de fecha 2 dos de marzo de 2011 dos mil once, los Magistrados del Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa en el Estado, revocaron la resolución del Juez Tercero de Distrito, por excesos de éste, cometidos dentro del expediente de amparo en cita y determino por falta de pruebas en su contra, otorgar el Amparo y Protección de la Justicia Federal a favor de Alfredo López López, en contra de la ilegal Orden de Aprehensión librada en su contra por el supuesto delito de HOMICIDIO CALIFICADO, CON LAS AGRAVANTES DE PREMEDITACION, VENTAJA Y ALEVOSIA, emitida por el Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Diaz, Oaxaca, dentro del proceso penal número 88/2005, actualmente Juzgado Primero Penal de aquel Distrito Judicial.
La determinación del Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa en el Estado, que otorgo el Amparo a favor de Alfredo López López, obliga al Juez Tercero de Distrito a exigir el cumplimiento de dicha determinación a los Jueces Penales del Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, subsanando las irregularidades cometidas por ellos en la Orden de Aprehensión emitida en contra de Alfredo López Lopez, por el supuesto delito de HOMICIDIO CALIFICADO, CON LAS AGRAVANTES DE PREMEDITACION, VENTAJA Y ALEVOSIA; sin embargo los jueces Leticia García Soto, José Juan Ramos López y Juan Raúl Aquino Geminiano, pertenecientes al Tribunal Superior de Justicia de Estado, adscritos al Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, incumplieron con dicha determinación judicial y reiteraron la orden de aprehensión en contra de Alfredo López López, mediante resoluciones de fecha 18 dieciocho de marzo y 18 dieciocho de abril de 2011 dos mil once respectivamente.
Dado que las determinaciones de los Tribunales Constitucionales en el País son de Orden Público, estas deben ser obligatoriamente acatadas por las autoridades responsables en el desempeño de sus funciones; por ello el Juez Tercero de Distrito en el Estado, requirió al Juez Primero Mixto de Primera Instancia de Miahuatlan de Porfirio Díaz, para que diera cumplimiento con la determinación judicial que otorgó el amparo a favor de Alfredo López López, apercibiéndolo para que, en caso de reiterar desobediencia, el cumplimiento se exigiría por conducto del Presidente del Tribunal Superior de Justicia Magistrado Alfredo Lagunas Rivera.
Así las cosas en fecha 20 veinte de mayo de 2011 dos mil once la Juez Primero Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Miahuatlan de Porfirio Díaz, Oaxaca, cancelo formalmente la Orden de Aprehensión emitida en contra de Alfredo López López, por un delito que no cometió. Actualmente 18 personas más están acusadas del mismo delito, sin que existan pruebas de su probable responsabilidad en la comisión del mismo estos son: EPIGMENIO LOPEZ ALMARAZ, ANDRESITO JAIME LOPEZ MENDOZA, VICTOR MARIO LOPEZ MENDOZA, RENE LOPEZ MENDOZA, SIMEON LOPEZ GARCIA, NICOLAS LOPEZ GARCIA, FIDEL LOPEZ LOPEZ, JUAN LOPEZ, PABLO LOPEZ RUIZ, MARTIN LOPEZ RUIZ, CASIMIRO LOPEZ GARCIA, TOMAZ LOPEZ ALMARAZ, JACINTO LOPEZ JOSE, DAVID RUIZ GARCIA, VICTOR LOPEZ ALMARAZ.
Denunciamos la criminalización de los indígenas Zapotecos de la región de Loxicha y la actitud rebelde y beligerante de los jueces del Poder Judicial en el Estado frente a las determinaciones de los tribunales constitucionales que protegen las garantías individuales.
El presente caso es un caso paradigmático de como funcionara el Poder Judicial del Estado para seguir reprimiendo y criminalizando a los indígenas de la región de Loxicha, en el nuevo sistema de justicia Penal en Oaxaca, ya que este nuevo sistema no cuenta con contrapesos al poder judicial que tiendan a evitar el abuso del poder, en el desempeño de sus funciones y cancela las vías de derecho para encausar la demanda de justicia. Oaxaca de Juárez, Oax., a 23 de junio de 2011. Organización de Pueblos Indígenas Zapotecos, (OPIZ) Juan Sosa Maldonado. “Una Llama encendida por los derechos de los Pueblos” Limeddh-Oaxaca Isaac Torres Carmona Presidente
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